Municipalidad de Libertador se declara en Estado de Emergencia Económica y Financiera
- Graciela Segovia
- 28 jul
- 2 Min. de lectura
A través del Decreto 051585/2025, la Municipalidad de Libertador declaró el Estado de Emergencia Económica y Financiera en toda la administración municipal, a partir del 1 de julio y hasta el 31 de diciembre de 2025, con el objetivo de asegurar la continuidad de los servicios esenciales.

La medida contempla un plan de contención, racionalización y priorización del gasto público, que se aplicará en diversas áreas de la gestión municipal. Según el Decreto oficial, se adoptarán criterios estrictos en el uso de recursos, afectando especialmente la adquisición de bienes y servicios no esenciales.
Entre las medidas más relevantes, se establece que los gastos destinados a bienes de consumo y servicios no personales, como la adquisición de combustibles, repuestos, accesorios y tareas de mantenimiento, deberán ejecutarse bajo un criterio de máxima restricción.
Asimismo, se limita la compra de diarios, revistas, folletos y otras publicaciones periódicas para la Administración Pública Central. También se congelan los trámites de nuevas contrataciones relacionadas con esos rubros, y se suspenden los gastos en publicidad.
En cuanto a los uniformes, solo podrán adquirirse para el personal de maestranza, seguridad, limpieza de espacios públicos y servicios de recolección de residuos, entre otros vinculados a tareas operativas esenciales.
En el caso de bienes de uso, el decreto indica que solo se llevarán a cabo obras que tengan asegurado su financiamiento, evitando así comprometer recursos futuros.
Las transferencias presupuestarias también quedarán condicionadas: aquellos programas que cuenten con créditos asignados deberán destinarse exclusivamente a cubrir necesidades de la población beneficiaria.
Por último, se dispone el congelamiento de vacantes en la planta de personal. En caso de que se produzcan bajas dentro del municipio, los puestos solo podrán ser cubiertos si se garantiza el financiamiento correspondiente.
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