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Foto del escritorChristian Ariel Rodriguez

Libertador. 7 años de prisión por abusar sexualmente de su sobrina.

En un Juicio Abreviado, un sujeto identificado como M.A.O fue condenado a la pena de siete años de prisión por ser autor penalmente responsable del delito de “Abuso sexual con aprovechamiento de la inmadurez sexual de la víctima, agravado por ser cometido contra una menor de dieciocho años valiéndose de la situación de convivencia”, ocurrido en la ciudad de Libertador General San Martin.


La sentencia fue dictaminada por los jueces con Función de Juicio Dres. Luis Ernesto Kamada –presidente de trámite-, Salvador Gustavo Ortiz y la Dra. Felicia Ester Barrios; secretaría a cargo de la Dra. Andrea Meriles Lello.


Los magistrados, además, ordenaron el inmediato traslado del condenado a la Unidad Penitenciaria N° 8 del Servicio Penitenciario, con asiento en la localidad de Chalicán.


Asimismo, los jueces prohibieron al sentenciado que mantenga cualquier tipo de contacto con la víctima y su grupo familiar.


También dispusieron la obtención de los perfiles genéticos de M.A.O. a efectos de su incorporación al Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos Contra la Integridad Sexual, una vez firme la sentencia.


Los hechos


Según la requisitoria de la Fiscalía, M.A.O. fue acusado por lo ocurrido durante el periodo de tiempo comprendido desde que la víctima tenía 15 años de edad hasta el día 1 de enero de 2024, cuando ella ya contaba con 18 años de edad.


El imputado, tío de la víctima, aprovechando la situación de convivencia con la menor, en una vivienda de Libertador General San Martín, la abusó sexualmente.


Los ilícitos fueron constantes, reiterados y siempre aprovechándose mediante engaños y amenazas contra la víctima.


Así también, el acusado abusó sexualmente de la menor cuando la llevaba engañada hasta un camino rural cercano a la ciudad antes mencionada, a buscar mangos.


Juicio Abreviado


El acusado fue juzgado mediante un Juicio Abreviado al hacer lugar los magistrados al acuerdo arribado, en los términos previstos por el Art. 411 del Código Procesal Penal – Ley Nº 6.259, por el representante del Ministerio Público de la Acusación Dr. Ernesto


Lían Resúa, el representante de la Querella Dr. Joaquín Campos, del Centro de Asistencia a la Víctima, y el imputado junto su abogado, el Defensor Penal Público Dr. Marcelo Adrián Ferreyra.


Los fundamentos de la sentencia fueron emitidos íntegramente de forma oral, con la anuencia de las partes, y obran agregados en la videograbación de la audiencia realizada el 22 de noviembre del corriente año.


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